CIUDAD VICTORIA, Tamaulipas.- Las fuerzas federales dejarán de actuar como policía de proximidad o como policía preventiva de acuerdo con la Ley de Seguridad Interior y los gobiernos de los estados y los municipios, deberán asumir por completo estas tareas sin apoyo federal, pagando el costo, el entrenamiento y dotando la infraestructura necesaria para este trabajo, y solamente tendrán la concurrencia de fuerzas federales: Ejército, Marina o Policía Federal, cuando se declare una contingencia de seguridad interior.
“Ya no habrá posibilidad de que el Ejército y la Armada realicen funciones de seguridad pública que no se vinculen específicamente con la contención a una amenaza a la seguridad interior. En otras palabras y simplificando, no harían tareas distintas a las relacionadas con las operaciones de la delincuencia organizada”, dijo el Secretario Técnico de la Comisión de Puntos Constitucionales del Senado.
El funcionario aseguró que la Ley de Seguridad Interior (LSI) contiene “la posibilidad de establecer un horizonte de tiempo para que las fuerzas federales (Policía Federal, Ejército y Armada) cesen en la acción de seguridad interior de la Declaratoria”.
El Artículo 24 de la LSI señala que de aprobarse en el Senado y entrar en vigor, la Secretaría de Gobernación, en coordinación con los Gobiernos de las entidades federativas, destinará Fuerzas Federales para que realicen Acciones de Seguridad Interior, en aquellas áreas o zonas del territorio nacional que así lo requieran, de acuerdo con una solicitud de los gobiernos estatales o por propia decisión del Ejecutivo Federal.
De acuerdo con la Ley de Seguridad Interior que aún no valida el Senado de la República, las amenazas a la seguridad interior de las que puede surgir una Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior son aquellas situaciones que comprometan o superen las capacidades efectivas de las autoridades competentes para atenderla, o se originen por la falta o insuficiente colaboración de las entidades federativas y municipios en la preservación de la Seguridad Nacional.
“Aquellas amenazas a la Seguridad Interior que no requieran declaratoria en términos del presente artículo serán atendidas por las autoridades conforme sus atribuciones y las disposiciones legales que resulten aplicables, dice el la Ley de Seguridad Interior”, dice la citada Ley
Además, durante una declaratoria de protección a la seguridad interior el Estado y municipios estarán obligados a dar a los mandos federales, toda la información que le sea solicitada o con que cuenten, deberán coadyuvar con la infraestructura que fuera necesaria y con la fuerza pública local a las fuerzas federales el tiempo que hiciera falta para atender la contingencia.
De acuerdo con uno de los asesores de la diputación del Partido Acción Nacional, es falso que esta ley militarice al país y por contrario, la LSI sacará de estados como Tamaulipas, a los soldados y marinos que están ejerciendo funciones de policías preventivos o de custodios, por lo que varios gobiernos tendrán urgencia de aumentar sus propias fuerzas de seguridad bajo los lineamientos actuales de control de confianza y aptitudes.
Igualmente: “Prestar el auxilio y colaboración que les solicite la autoridad federal coordinadora para atender la Amenaza a la Seguridad Interior, mantener el nivel de inversión en infraestructura, equipamiento y servicios públicos que resulten necesarios para mitigar el impacto de la Amenaza a la Seguridad Interior y superarla; y asegurar el cumplimiento de los requisitos de ingreso y permanencia de los integrantes de las instituciones estatales o municipales de seguridad pública.
En varios municipios ha surgido la duda de si el señalamiento del Artículo 23 de la LSI es para “asegurar el cumplimiento de los requisitos de ingreso y permanencia de los integrantes de sus instituciones de seguridad pública”.
Este señalamiento, dijo la presidente de la Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados, Mercedes del Carmen Guillén Vicente, se refiere a que estados y municipios están obligados a sufragar los gastos y costos de sus propios elementos, a la propia fuerza de estados y municipios y mantenerlos en forma permanente, dijo la diputada tampiqueña.
Con esta nueva ley existe una obligación inmediata de estado y municipios de atender disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública en cuanto al reclutamiento, formación, desarrollo profesional, remuneración, evaluación y remoción de los elementos de las instituciones policiales locales y municipales.
Las Fuerzas federales sí tendrán el deber de realizar labores de inteligencia con respecto a los riesgos de seguridad interior, como la delincuencia organizada, terrorismo y grupos beligerantes.




