CIUDAD VICTORIA, Tamaulipas.- A casi dos meses de haber asumido, los presidentes municipales para el periodo de 2018 a 2021 aún no hacen públicas las percepciones, sueldos, prestaciones, gratificaciones, primas, comisiones, dietas, bonos, estímulos, ingresos y sistemas de compensación, de sus administraciones.
También han manipulado la información de las administraciones anteriores, lo que representa faltas a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información, tanto la general como la estatal.
Tampoco han presentado sus declaraciones patrimoniales de inicio, lo que ya representa una omisión grave, y para no hacerlo se escudan en un acuerdo local que dejó de tener validez tras la publicación del Reglamento de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información, el pasado 26 de abril de 2018.
Una revisión realizada por EXPRESO a los portales de los cinco municipios más poblados, los cuales manejan el 90 por ciento de los recursos de municipios, determinó que ninguno de ellos está cumpliendo con las leyes de transparencia, estatal y federal, incumplen la Ley General de Contabilidad Gubernamental y con ello la leyes de Responsabilidades de los Funcionarios Públicos federal y estatal.
Pese a que a partir del 1 de diciembre ningún funcionarios municipal podrá ganar más de 54 mil pesos mensuales, la mayor parte de los alcaldes continúan cobrado el margen salarial de su antecesor o incluso lo han incrementado a niveles similares a los 108 mil pesos que ha declarado el presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, que será su salario.
El pasado 5 de noviembre comenzó a regir la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, Reglamentaria de los artículos 75 y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la cual se prescribe que pueda haber salarios superiores al 50 por ciento la remuneración fijada para el presidente de la República.
Al ser una ley reglamentaria de dos artículos constitucionales, se entiende que las entidades federativas y los municipios deben apegarse a ella y cumplir lo ordenado por el artículo 6 de la Ley de Remuneraciones, que dice que “ningún servidor público recibe una remuneración o retribución por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión mayor a la establecida para el presidente de la República en el Presupuesto de Egresos de la Federación”.
El artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, repunta como servidores públicos a los representantes de elección popular, lo que incluye a los presidentes municipales y los responsabiliza por “violaciones a esta Constitución y a las leyes federales, así como por el manejo y aplicación indebidos de fondos y recursos federales responsables por los actos u omisiones en que incurran en el desempeño de sus respectivas funciones”, puntualiza el 108.
De ahí que es forzoso el cumplimiento de la Ley Federal de Remuneraciones, que dice que ningún servidor público puede tener una remuneración superior a la mitad del salarios del presidente ni más grandes o igual o mayor que su superior jerárquico.
En las excepciones que anota el Artículo 6 de la citada Ley, no aparecen ni los alcaldes ni los regidores y las únicas excepciones podrían ser los funcionarios que realicen un trabajo técnico calificado.
“Considerado así cuando su desempeño exige una preparación, formación y conocimiento resultado de los avances de la ciencia o la tecnología o porque corresponde en lo específico a determinadas herramientas tecnológicas, instrumentos, técnicas o aptitud física (…) Un trabajo de alta especialización, determinado así cuando las funciones conferidas resultan de determinadas facultades previstas en un ordenamiento jurídico y exige para su desempeño de una experiencia determinada”.
“Bajo las anteriores excepciones, la suma de las retribuciones no excede la mitad de la remuneración establecida para el Presidente de la República en el Presupuesto de Egresos de la Federación”.
Además de cobrar salarios superiores a los permitido, los alcaldes ocultan esta información, basados que requieren de tiempo para actualizar la página y la información que les dejaron las administraciones anteriores.
Los ayuntamiento de Tamaulipas tampoco cumplen con la ley, al pedir datos personales a causantes y solicitantes de servicios o programas y no otorgar un Aviso de Privacidad, por lo que el titular de la Unidad de Información respectiva comete un delito penal.
En otros casos, la información se oculta haciendo que el solicitante deba cargar una hoja de cálculo de Excel, lo cual ya es una violación a la Ley General de Transparencia, que exige puntualmente: “Publicar la información legislativa con formatos abiertos”, pero además estas hojas que pueden inocular virus a los dispositivos que acceden, no tienen la información requerida.
Subir la nueva información y nuevo formato web no requiere más de 72 horas, debido a que no existen cambios de código.
Los portales de Internet no tienen la nueva información de transparencia pero sí lucen los colores partidistas de los alcaldes, y reportan diariamente las activadas de los munícipes.
La información que ocultan y que el Instituto de Transparencia y Acceso a la Información de Tamaulipas, en cumplimiento de sus funciones debería exigirle, son: “Los gastos de representación y viáticos, así como el objeto e informe de comisión correspondiente”.
“ El número total de las plazas y del personal de base y confianza, especificando el total de las vacantes, por nivel de puesto, para cada unidad administrativa.
“ Las contrataciones de servicios profesionales por honorarios, señalando los nombres de los prestadores de servicios, los servicios contratados, el monto de los honorarios y el periodo de contratación.
“ La información en versión pública de las declaraciones patrimoniales de los servidores públicos que así lo determinen, en los sistemas habilitados para ello, de acuerdo a la normatividad aplicable.
Urgen cumplir ley de remuneraciones
El cumplimiento de la Ley Federal de Remuneraciones, que dice que ningún servidor público puede tener una remuneración superior a la mitad del salario del Presidente, ni más grandes o igual o mayor que su superior jerárquico