CIUDAD DE MÉXICO.- Jean Touma Hanna Succar Kuri, mejor conocido como Jean Succar Kuri, es un empresario de origen libanés que fue condenado a permanecer 112 años en prisión por el Poder Judicial de la Federación por los delitos de pornografía infantil y corrupción de menores.
1. Llegada a México y negocios. ‘El Jhonny’ nació el 19 de septiembre de 1944 en Líbano; se trasladó a México cuando tenía 15 años y llegó a Cancún en 1985, donde inició su vida empresarial con una tienda de souvenirs en el aeropuerto de ese destino turístico.
Posteriormente Succar Kuri se volvió propietario de 50 villas y la operadora del Hotel Solymar, además de algunas tiendas en la terminal aérea de Cancún.
2. Primeras denuncias. Tras las denuncias de varias menores de edad, el empresario fue detenido en Los Angeles en 2004 a petición de la Procuraduría General de la República (PGR), hoy Fiscalía General, y la Interpol.
Lydia Cacho denunció la red de prostitución infantil en Cancún en su libro ‘Los Demonios del Edén’, en el cual también incluyó al entonces gobernador de Puebla, Mario Marín. Después de esta publicación la periodista denunció amenazas por parte de ambos.
3. Sentencia y apelación. En 2005 un juez federal le negó el amparo para que se le descongelarán sus cuentas bancarias y el proceso siguió hasta 2011 donde el Juzgado Segundo de Distrito dictó sentencia condenatoria en la que se otorgaba una pena de 13 años, un mes y 15 días de prisión adicional a una multa equivalente a 800 mil 830 pesos.
Sin embargo, Succar Kuri y la PGR apelaron la sentencia y el Tribunal Unitario de Cancún lo condenó a 112 años de prisión, siendo este último fallo confirmado por el Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito.
4. Regreso a Cancún. Como se publicó en El Financiero, el 9 de septiembre de 2017, Succar Kuri solicitó la protección de la Justicia Federal en contra de la orden del 3 de mayo de 2011, a través de la cual se autorizó su traslado del Centro de Reinserción Social de Benito Juárez, en el que se encontraba recluido, al Centro Federal de Readaptación Social Número Uno, el Altiplano por parte del al Comisionado del Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social.
El Juez Cuarto de Distrito le concedió el amparo ya que la autoridad que ordenó el traslado provenía del Ejecutivo y no del judicial como establecía la ley aplicable.
Con información de El Financiero