¿Qué acciones son consideradas delito electoral?
• Apoderarse, destruir, alterar, poseer, comercializar o suministrar credenciales de elector, listado nominal, actas y paquetes electorales.
• Solicitar votos a cambio de dinero.
• Entorpecer el desarrollo de las votaciones.
• Solicitar evidencia respecto al sentido de su voto a través de fotos o con una declaración firmada.
• Votar a sabiendas que no cumple con los requisitos de Ley.
• Presentarse a votar con una credencial de elector que no le corresponde.
• Votar o intentar votar más de una vez en la misma elección.
• Acarrear votantes el día de la jornada electoral con la finalidad de influir en el sentido del voto.
• Obstaculizar el traslado y entrega de paquetes y documentos públicos electorales.
• Retener sin causa justificada por la ley, durante las elecciones, una o más credenciales para votar.
• Altere el Registro Federal Electoral con falsos cambios de domicilio para votar en otro municipio: ’Turismo Electoral’.
¿Quiénes pueden cometer un delito electoral?
• Organizadores de Campaña.
• Ministros culto religioso.
• servidores públicos
• Fedatarios públicos
• Candidatos
• Precandidatos
• Funcionarios electorales
• Funcionarios partidistas
¿Quién puede denunciar y cómo hacerlo?
La denuncia la puede realizar cualquier ciudadano cuando se presenta algún supuesto que la ley señale como delito y para ello debe presentes evidencias, ya sea audios, fotografías, videos, documentos y el nombre completo del testigo.
• Las personas pueden denunciar a través de FEDENET o FEDETEL.
• Un escrito ante la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales.
• Un agente del Ministerio Público en la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales.
• Un Ministerio Público Electoral.
• Policías que levantan la denuncia formulando su informe.
CON INFORMACIÓN DE EXCÉLSIOR




