En México, la Ley Federal del Trabajo postula que todos los trabajadores cuentan con el derecho de recibir parte de las ganancias que su empresa o empleador obtuvieron en el último año, lo que se conoce como reparto de utilidades.
La cantidad que recibe cada persona depende de factores como el tipo de contrato, cuánto generó y en qué cantidad de tiempo.
¿Cuándo debo recibir mis utilidades?
La fecha límite para recibir esta prestación depende de si laboras para una empresa o patrón:
Empresas: si laboras para una empresa el lapso en el que debe ser cubierto tu pago de utilidades, va desde el primero de abril hasta el 30 de mayo.
Personas físicas: si tu patrón es una persona física, el periodo en que debe darse el reparto de utilidades es del primero de mayo al 29 de junio.
¿Cómo sé si me tocan utilidades?
Para deducir si eres acreedor al reparto de utilidades de este año, toma en cuenta los siguientes aspectos:
Tiempo: si has laborado por lo menos 60 días en una empresa, y ésta tiene al menos un año de funcionamiento, recibirás utilidades.
Ingreso anual: si el ingreso anual de la empresa en la que laboras, declarado al ISR, es superior a 300 mil pesos, tendrás derecho a recibir utilidades.
Prestación de servicios: si el servicio que prestas no tiene una relación de trabajo subordinado, sino que prestas tus servicios mediante el pago de honorarios, no recibirás utilidades.
¿Qué hago si no recibo lo que me corresponde?
Si la empresa en la que laboras no cumple con el pago de esta prestación, o lo hace pero de forma incompleta, tienes hasta un año para reclamarlo, sin importar si aun laboras en dicha empresa o no. Así lo estipula la Ley Federal del Trabajo.
Así mismo, puedes acudir a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo o denunciar enviando un correo a inspeccionfederal@stps.gob.mx.
CON INFORMACIÓN DE MILENIO