Privilegio. …“ventaja exclusiva o especial que goza alguien por concesión de un superior o por determinada circunstancia propia”.
-Diccionario de la Real Academia Española-
Un Fideicomiso es un contrato que tiene tres partes, el fideicomitente que aporta los bienes o recursos, el fiduciario que los administra y el fideicomisario que es el beneficiario, es decir el que recibe los bienes o recursos una vez que cumple los requisitos establecidos en el Fideicomiso.
Un Fideicomiso público como los 14 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación SCJN, es un contrato por el cual el fideicomitente que es la Suprema Corte, destina recursos públicos para que los fideicomisarios que son los ministros, magistrados y jueces así como todos los trabajadores de la estructura administrativa del Poder Judicial de la Federación, reciban a través del fiduciario que es un banco, recursos para pensiones y jubilaciones complementarias, servicio médico complementario, y mantenimiento de vivienda,
Los trabajadores al servicio del estado, en el Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y Poder Judicial tienen derecho a recibir de la entidad estatal para la que trabajen, el sueldo y compensaciones previstas en la ley de acuerdo al puesto que desempeñen. Esos servidores públicos también tienen derecho a servicio médico y medicinas, a un fondo de vivienda y uno de pensiones y jubilaciones y otras prestaciones que reciben cuando han cumplido con los requisitos necesarios.
La Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado ISSSTE, señala que esa ley se aplicará a las Dependencias, Entidades, Trabajadores al servicio civil, Pensionados y Familiares Derechohabientes, entre otros, los del Poder Judicial de la Federación, incluyendo a los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, magistrados y jueces, así como consejeros del Consejo de la Judicatura Federal.
Esto quiere decir que los derechos y prestaciones de esos servidores públicos referentes a servicios médicos, de vivienda, pensiones y jubilaciones, entre otros, están contemplados y cubiertos por el ISSSTE, para todos esos trabajadores y funcionarios del poder judicial federal, así como para casi dos millones de servidores públicos de los tres poderes del estado en todo el país en igualdad de condiciones para todos.
De tal manera que, destinar dinero de la Suprema Corte, el Consejo de la Judicatura Federal o el Tribunal Electoral, para fideicomisos que duplican lo que el estado invierte para los mismos fines a través del ISSSTE sí es un privilegio del que gozan los servidores públicos del Poder Judicial por encima de los casi 2 millones de servidores públicos que no cuentan con algo como eso.
Suprimir esos privilegios, cancelar esos fideicomisos, no es un ataque al Poder Judicial de la Federación, es proteger de excesos el gasto público. Decir que el Poder Judicial ha otorgado la libertad a los peores delincuentes del país no es una injuria, tampoco lo es señalar que ha ayudado a muchos a evadir la acción de la justicia, decir esas cosas no es un insulto es una descripción de algo que sucede con frecuencia ante los ojos de todos los mexicanos.
Los servidores públicos del Poder Judicial Federal sin los 13 fideicomisos, seguirán contando con los sueldos, compensaciones, programas de vivienda, pensiones y jubilaciones a que tienen derecho a través del ISSSTE todos los trabajadores al servicio del estado, nada más, pero nada menos.
También es muy posible que un Juez o Magistrado Federal o un Ministro de la Suprema Corte deje sin efecto la cancelación de sus privilegios y puedan seguir disfrutando de ellos. Formalizar abusos no es nada que no se haya visto antes.
POR JESÚS COLLADO MARTÍNEZ