“El nombre del registrado estará constituido por el que se le elija, así como por uno de los apellidos del padre y uno de los apellidos de la madre, en el orden que decidan de común acuerdo. En caso de que no exista acuerdo entre los progenitores, las y los Oficiales del Registro Civil, establecerán el orden de los apellidos mediante sorteo” es la adición al Código Civil local, propuesta por el diputado morenista Juan Vital Román Martínez el pasado 30 de octubre.
La práctica de anteponer el apellido paterno al apellido materno refrenda una tradición que pretende otorgar mayor estatus al hombre, pues se entendía que él era la cabeza de la familia y que su apellido era el que debía transmitirse de generación en generación; por lo que, la imposición de esta tradición es inconstitucional y discriminatoria, así lo ha expresado el Dr. Arturo Saldívar, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
La concepción de la mujer como integrante secundario de una familia encabezada por el hombre forma parte de un estado patriarcal contrario al principio de igualdad y no discriminación, es una práctica profundamente arraigada en la cultura mexicana, que ha sido cuestionada y desafiada por recientes decisiones judiciales como la del Amparo en Revisión 186/2021, que buscan promover la igualdad de género y erradicar la discriminación.
Esta propuesta legislativa morenista busca garantizar el derecho a la igualdad de género consagrado en el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Constitución local, además de varios instrumentos internacionales de los que el Estado Mexicano es parte, como la Convención para la Eliminación de la Violencia en contra de la Mujer, el Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos, y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
En un mundo en constante cambio, las familias también han evolucionado; la tradicional estructura familiar ya no es única. En la actualidad, existen numerosas formas de organización familiar, como las familias extensas, homoparentales, monoparentales y reconstituidas, entre otras. La legislación debe adaptarse a esta diversidad y combatir cualquier forma de discriminación.
La igualdad de género no es simplemente un principio; es un derecho humano que debe ser respetado y garantizado. Esta revolución de los apellidos representa un paso esencial en la erradicación de estereotipos y prácticas que perpetúan la asignación de roles de género en nuestra sociedad.
Una vez que se permita modificar el orden de los apellidos en Tamaulipas, será imperativo darle difusión y sensibilizar a la sociedad sobre el potencial impacto de la reforma y la haga suya.
Esta “revolución de los apellidos” no solo modifica una práctica legal, sino que también simboliza un compromiso hacia un México donde la igualdad de género sea una realidad, promoviendo un futuro más equitativo y respetuoso para todas las personas.
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POR NOHEMI ARGÜELLO SOSA




