La resolución de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación sobre la paridad de género en las próximas elecciones por las gubernaturas fue fulminante para quienes se niegan a entender que -como se escucha en tantos mítines políticos- es tiempo de las mujeres.
El acuerdo aprobado por el Instituto Nacional Electoral indica que de las nueve gubernaturas que estarán en juego en el 2024, los partidos están obligados a postular a cinco mujeres por lo menos, y cuatro hombres.
La resolución no gustó a algunos institutos políticos porque viene acompañado de reglas estrictas para que no incurran en una simulación.
Lo primero es considerarse el principio de competitividad. Es decir, no pueden postular mujeres en los estados en los que están destinados a perder, sino en aquellos en los que tengan mayores probabilidades de éxito.
Otra norma igual de importante aprobada por el Instituto Nacional Electoral es el principio de alternancia de género, para que postulen a candidatas en los estados donde en la última elección hubieran postulado a candidatos.
Este candado metió en serios problemas a algunos partidos como Movimiento Ciudadano, que no supo leer a tiempo la tendencia global de los organismos electorales para favorecer la paridad de género.
Ahora, MC está obligado a postular a una mujer como candidata en el estado de Jalisco, donde solo habían permitido la inscripción como precandidato de Pablo Lemus, ex alcalde de Zapopan, y actual alcalde de Guadalajara.
Con Lemus, Movimiento Ciudadano y su gobernador Enrique Alfaro, pretenden conservar el poder.
El problema es que ahora están impedidos por un acuerdo del INE y por una resolución inatacable del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, al que acudieron como última instancia.
Toda la instrumentación de esta normativa recayó en manos del Instituto Nacional Electoral, porque la mayoría de los congresos estatales no han legislado respecto a la paridad de género en las elecciones por las gubernaturas.
Al respecto, el TEPJF sentenció: “La ausencia de acciones específicas para alcanzar la paridad en las gubernaturas no puede traducirse en un incumplimiento a un mandato constitucional expreso, por lo que este tribunal constitucional dará
vigencia y dotará de contenido a ese principio, conforme al parámetro de
regularidad constitucional”.
Ni la Constitución de Tamaulipas, ni la Ley Electoral del Estado abordan la paridad de género en la gubernatura, por lo que el Congreso tiene de aquí al 2027 -un año antes de la elección- para legislar al respecto en los términos en los que el INE ha alcanzado sus últimos acuerdos.
Es decir, dando entrada a conceptos como la alternancia de género, que de hecho obligaría a todos los partidos a postular candidatas en el 2028.
Lo dicho: llegó el tiempo de las mujeres.
Se ordena a los Partidos Políticos Nacionales (PPN) que no han cumplido con las modificaciones a sus documentos básicos en materia de paridad sustantiva, seguir lo mandatado en la normatividad y sentencias aplicables.
considerar el principio de competitividad, es decir, aquellos estados donde el partido político gobierna, se consideran competitivo, por lo que MC esta doblemente obligado a postular mujer.
“se mandata a los Partidos políticos locales, para que respeten el principio de alternancia de género que hubieran postulado en la última elección para la gubernatura y Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, lo que supone que después de haber postulado a Enrique Alfaro, es obligatorio que MC postule a una mujer.
El INE sí cuenta con las atribuciones necesarias para supervisar que los partidos políticos nacionales cumplan con el mandato de paridad de género, el cual, en el contexto actual, se traduce en la obligación de postular a cinco mujeres. Esto, ya que así 1) se garantiza la paridad horizontal con respecto a las nueve gubernaturas que se van a renovar; 2) se optimiza la participación política de las mujeres y, además, 3) se garantiza la postulación paritaria en el ciclo de renovación de las 32 entidades federativas, el cual concluye con esta elección, al asegurar que los partidos hayan postulado mujeres en al menos la mitad de los procesos electorales en los que participaron.
La falta de regulación por los Congresos estatales y federal del cumplimiento de la paridad de género en las gubernaturas no es obstáculo para hacer efectivo su cumplimiento
Ante la falta de legislación, se justifica emitir medidas temporales que garanticen el cumplimiento de la paridad de género
Los PP informarán al INE cómo aplicarán la competitividad. Para lo cual:
a) definirán en qué entidades postulan mujeres y hombres14, y
b) determinarán cuáles y cuántas convocatorias serán para mujeres.
3. Los PP postularán al menos 5 mujeres en las 9 entidades que elegirán gubernatura y la Jefatura de Gobierno; tanto para las candidaturas en lo individual como en coalición o en candidatura común.
4. Los PPL deberán observar la alternancia respecto al género postulado en la última elección para la gubernatura, cuando el cargo haya sido ocupado por un hombre.