De aprobarse de manera íntegra la reforma al Poder Judicial propuesta por el presidente López Obrador, el próximo año se renovaría a la totalidad de los ministros, magistrados y jueces federales y estatales de todo el país.
La gran novedad, y lo que ha causado mayor polémica, es que la iniciativa plantea que ahora sean electos por voto popular. De esta manera, tan solo en el ámbito federal se elegirían en las urnas 1,633 magistrados y jueces de distrito, además de nueve integrantes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
En el caso del Poder Judicial Federal en Tamaulipas, serían 49 posiciones de jueces las que se someterían a votación, y si se homologa la ley, se definirían en las urnas mas de 100 juzgados del poder local, incluidos diez magistrados del Supremo Tribunal de Justicia En la estructura territorial del estado, hay tres tribunales colegiados en materias penal y del trabajo, dos en Victoria y uno en Tampico; dos tribunales colegiados en materias administrativa y civil, ubicados en Victoria.
Un tribunal colegiado de apelación con residencia en el municipio de Matamoros, dos tribunales colegiados del décimonoveno circuito ubicados en Reynosa. Hay dos centros de justicia penal federal, uno en Victoria y otro en Reynosa; ambos con tres jueces de distrito especializados en el sistema penal acusatorio. cinco tribunales laborales federales de asuntos individuales (2 en Reynosa, 2 en Tampico y uno en Victoria). En cuanto a los juzgados de distrito, son 14 y se ubican en Matamoros (4), Victoria (4), Nuevo Laredo (1), Reynosa (2), Tampico (2) y Ciudad Madero que opera con una sede judicial.
Los Juzgados primero, segundo y tercero de distrito de procesos penales están ubicados en Matamoros; un juzgado de distrito en materia de amparo y juicios federales también en Matamoros. Los juzgados primero, segundo, décimo primero y décimo segundo se ubican en el municipio de Victoria; el juzgado tercero de distrito tiene su sede en Nuevo Laredo; los juzgados séptimo y octavo de distrito operan en Reynosa.
En tanto el juzgado noveno y el décimo de distrito tienen su sede en Tampico, mientras que el décimo tercero de distrito tiene su asiento en el municipio de Ciudad Madero.
El espíritu de este reforma constitucional también busca que la misma técnica de elección se aplique en el ámbito de los poderes judiciales locales, que “deberán establecer reglas para la elección directa de sus magistrados y jueces, así como órganos de administración y disciplina independientes”. El artículo Transitorio Octavo de la reforma mandata: “Las Legislaturas de las entidades federativas tendrán un plazo de 180 días naturales a partir de la entrada en vigor del presente Decreto para realizar las adecuaciones a las leyes federales y constituciones locales que correspondan para dar cumplimiento al mismo.
Entre tanto se aplicarán en lo conducente de manera directa las disposiciones constitucionales en la materia”. Si la próxima legislatura del Congreso de Tamaulipas -con mayoría morenista- atiende lo que se propone en el ámbito federal, ello implicará un cambio total en el Supremo Tribunal de Justicia, cuyos diez magistrados también serán sometidos a votación.
En el Poder Judicial local, el territorio de Tamaulipas se divide en 15 distritos Judiciales, con 103 Juzgados de Primera Instancia: 14 atienden la materia Civil; 20 el área Familiar; 18 resuelven los asuntos de carácter Penal, 6 de Justicia para Adolescentes, 11 Mixtos, 21 Menores, 5 de Ejecución de Sanciones, 1 de Ejecución de Medidas y 15 Juzgados de Control.
Actualmente, los magistrados del Supremo Tribunal de Justicia son designados por el Congreso, a propuesta del Gobernador del Estado, mientras que los Jueces de Primera Instancia son nombrados por un periodo de tres años directamente por el Pleno del Supremo Tribunal de Justicia, a propuesta del Consejo de la Judicatura. Las nuevas reglas para su elección las dispondrá el Congreso al atender la reforma federal que podría votarse este mes de septiembre, cuando tome posesión la nueva Cámara de Diputados y el Senado de la República.
CÓMO SERÁ LA ELECCIÓN
Actualmente, la elección de ministros y magistrados recae por completo en el Poder Legislativo a propuesta del Ejecutivo y la de jueces en el Poder Judicial.
Para nombrar a los Ministros de la Suprema Corte de Justicia, el Presidente de la República somete una terna a consideración del Senado, el cual, previa comparecencia de las personas propuestas designa al Ministro que debe cubrir la vacante. La designación se hace por el voto de las dos terceras partes de los miembros del Senado presentes, dentro de un plazo de treinta días.
Si el Senado no resuelve dentro de dicho plazo, por no contar con una mayoría calificada, ocupa el cargo de Ministro la persona que, dentro de dicha terna, designe el Presidente de la República. “En caso de que la Cámara de Senadores rechace la totalidad de la terna propuesta, el Presidente de la República someterá una nueva, en los términos del párrafo anterior.
Si esta segunda terna fuera rechazada, ocupará el cargo la persona que dentro de dicha terna, designe el Presidente de la República”, como ocurrió recientemente en el caso de la ministra Lenia Batres. Según el documento enviado a la Cámara de Diputados, el primer domingo de junio de 2025 se realizaría una elección extraordinaria para renovar, por medio del voto, a todos los ministros de la SCJN, a los magistrados de Circuito, a los jueces de Distritos y a los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Los ministros y magistrados se elegirán a nivel nacional en las elecciones ordinarias a partir de 30 candidaturas paritarias, que serán propuestas por los tres Poderes de la Unión: el Poder Ejecutivo propondrá hasta 10 candidatura, el Poder Legislativo presentará por mayoría calificada hasta 5 candidaturas por cada Cámara, el Poder Judicial planteará por mayoría de 6 votos hasta 10 candidaturas a través del Pleno de la Suprema Corte. La propuesta de reforma señala que en el caso de los 1,633 magistrados de Circuito y jueces de Distritos se elegirán en cada uno de los 32 circuitos judiciales en las elecciones ordinarias a partir de seis candidaturas paritarias por cargo
“Los Poderes de la Unión procurarán que sus postulaciones recaigan en personas que hayan servido con eficiencia, capacidad y probidad en la procuración o impartición de justicia, o bien, que se hayan distinguido por su honorabilidad, competencia y antecedentes profesionales en el ejercicio de la actividad jurídica”, establece la propuesta de López Obrador.
Todos los ministros, magistrados y jueces que actualmente estén en su encargo, podrán participar en el nuevo proceso de selección. La iniciativa plantea que será el Senado de la República quien reciba las postulaciones y verifique que se cumplan los requisitos establecidos en la ley para ser ministros y magistrados; después, remitirá la lista al Instituto Nacional Electoral (INE), quien organizará la elección. Además, se establece que las campañas duraran 60 días hábiles y no habrá etapa de precampaña; también señala que no se permitirá el financiamiento público o privados, pues los contendiente tendrán acceso a tiempo de radio y televisión para difundir sus propuestas y podrán participar en foros de debate organizados por el INE o en aquellos brindado gratuitamente por algún medio de comunicación.
“Para todos los cargos de elección dentro del Poder Judicial de la Federación estará prohibido el financiamiento público o privado de sus campañas, así como la contratación por sí o por interpósita persona de espacio en radio y televisión para promocionar candidatas y candidatos”, menciona la iniciativa.
También los partidos políticos no podrán realizar proselitismo a favor o en contra de algún candidato, y el TEPJF resolverá las impugnaciones y declarará los resultados con excepción de cuando se trate de sus propios integrantes, donde le corresponderá a la SCJN.
Para ser electo magistrado de Circuito y juez de Distrito deben ser ciudadanos mexicanos por nacimiento y en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos. También tener al menos 35 años cumplidos el día de la elección para magistrado, y 30 para juez; contar el día de la elección con título de licenciado en derecho expedido legalmente y con antigüedad y práctica profesional de cuando menos cinco años en cada caso.
Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito doloso con sanción privativa de la liberta, y no haber sido titular de alguna Secretaria de Estado, Fiscal General de la República, senador, diputados federal ni titular del Poder Ejecutivo de alguna entidad durante el año previo al día de su elección.
REDUCCIÓN DEL APARATO JUDICIAL
La iniciativa también propone modificaciones relacionadas con los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que son: reducir el número de integrantes para pasar de 11 a 9 integrantes; recortar el periodo de su encargo de 15 a 12 años; eliminar la pensión vitalicia para actuales y futuros ministros, y que sus remuneraciones se ajusten al tope máximo establecido para el presidente. Sobre la SCJN, establece que la primera y segunda sala del máximo tribunal de justicia sean eliminadas, y sólo sesione el Pleno y que las sesiones deberán ser públicas.
En el caso de la conformación del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) se reducirá a 5 magistrados, quienes durarán seis años y no cinco como actualmente marca la ley, y serán sustituidos de manera escalonada y no podrá ser electos para un nuevo periodo; asimismo desaparecerá el Consejo de la Judicatura Federal y será suplido por el Tribunal de Disciplina Judicial.
La iniciativa en sus artículos transitorios menciona que por única ocasión el Senado de la República tendrá 30 días naturales posteriores a la entrada en vigor de esta reforma para emitir la convocatoria para integrar el listado de personas aspirantes que participen en la elección extraordinaria para renovar los cargos de mando del Poder Judicial de la Federación.
POR STAFF