Tamaulipas ha llegado sistemáticamente tarde a las reformas para garantizar derechos igualitarios para todos.
Basta recordar que fue la última entidad del país en avalar los matrimonios igualitarios en su territorio, y aún hoy tiene muchos pendientes con los grupos vulnerables, particularmente con la comunidad LGBTQ.
La semana pasada, la diputada Magaly Deandar -quizás la más interiorizada y comprometida con estas luchas sociales- presentó una iniciativa para penalizar en el estado las llamadas “terapias de conversión”.
Aunque parezca difícil de creer, a estas alturas todavía existe en Tamaulipas la oferta de estas prácticas que supuestamente ayudan a “curar la homosexualidad”.
El despropósito de catalogar una orientación sexual diversa como una enfermedad no es lo más grave, lo peor es que estas terapias ofrecidas casi siempre por grupos religiosos, incurren en acciones que a todas luces violan la dignidad de las personas.
La justificación de la iniciativa lo dice correctamente: estas prácticas “pueden incluir palizas, violaciones desnudez forzada, alimentación forzada o privación de alimentos, aislamiento, confinamiento, medicación forzada, agresiones verbales, humillaciones y electrocuciones, que conllevan una serie de
consecuencias. Tales como la pérdida considerable de autoestima, la ansiedad, el síndrome depresivo, el aislamiento social, las dificultades para establecer relaciones íntimas, el autoodio, la disfunción sexual, las ideas suicidas y lo
intentos de suicidio y trastorno por estrés postraumático, así como sentimientos de culpa y rechazo por no haber conseguido ‘cambiar’ al finalizar la terapia”.
La reforma, impulsada originalmente por el colectivo “Somos más que letras”, es de mucha relevancia porque propone agregar al Código Penal de Tamaulipas un capítulo completo dedicado a los “delitos contra la orientación sexual o la identidad de género de las personas”.
Plantea imponer de dos a seis años de prisión y multa de mil a dos mil veces el valor diario de la UMA a quien “realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona”.
La sanción será del doble si estas acciones se realizan contra víctimas menores de edad, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.
“Bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere”, señala.
Buena noticia que las luchas de la sociedad civil lleguen al Congreso.
Ojalá que esta vez, los integrantes de la 66 Legislatura no congelen esta iniciativa. Los ojos de mucha gente están sobre ellos.
POR MIGUEL DOMÍNGUEZ FLORES