“Una persona feminista es cualquiera que reconozca la igualdad y
la plena humanidad en mujeres y hombres” Gloria Steinem
La igualdad va más allá de la diferencia en las características biológicas u hormonales entre la mujer y el hombre, sino que la igualdad debe entenderse como la búsqueda de que las condiciones sociales, políticas, económicas, profesionales y humanas sean equitativas en ambos sexos, es decir, que no existan tratos desiguales por una cuestión de sexo.
En México se vive un momento inusitado para las mujeres, es tiempo de mujeres en nuestro país, tenemos a la primera mujer Presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo; no sólo eso, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el Instituto Nacional Electoral y el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.
En lo personal no me considero feminista, ni tampoco machista; a pesar de que los norteños que hemos sido criados y hemos vivido en el norte de país, inconscientemente contamos con conductas o percepciones que pudieran considerarse de índole machista. Lo que sí tengo claro es que, citando a la periodista y escritora estadounidense Gloria Steinem, reconozco la igualdad y la plena humanidad en mujeres y hombres.
Existe una tarea pendiente, la cual si bien es cierto ya existe el camino establecido, aún no termina de materializarse en todos los sentidos, que es el juzgar con perspectiva de género, ¿qué se entiende con esto?
Juzgar con perspectiva de género implica hacer realidad el derecho a la igualdad, mediante las sentencias que dicten las juezas y jueces en las controversias judiciales en las que las mujeres estén inmersas. En mayo del presente año, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la tesis de jurisprudencia “JUZGAR CON PERSPECTIVA DE GÉNERO. EL USO DE LENGUAJE BASADO EN ESTEREOTIPOS Y PREJUICIOS POR PARTE DE LA AUTORIDAD, AFECTA EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA”, dispone que el uso de lenguaje basado en estereotipos y prejuicios en los actos de autoridad afecta el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, por lo que toda la labor y las actuaciones de los agentes estatales que intervienen en casos de violencia de género debe ser libre de cualquier discurso u acción que revictimice a las partes.
La importancia de la aplicación de la perspectiva de género radica en las posibilidades que ofrece para comprender cómo se produce la discriminación de las mujeres y las vías para transformarla. El reto más grande es eliminar los prejuicios y la resistencia que aún existen hacia la incorporación de esta perspectiva, lo que permitirá entender los alcances y posibilidades que traen consigo su implementación para el pleno desarrollo del país.
Una sociedad democrática demanda impartidores e impartidoras de justicia comprometidas con el derecho a la igualdad y, por tanto, sentencias apegadas al nuevo orden constitucional mexicano derivado de las reformas de amparo y de derechos humanos.
Las reformas constitucionales que incorporan la perspectiva de género buscan garantizar la igualdad y la no discriminación, así como promover los derechos de las mujeres y grupos de diversidad y minoritarios (como los pueblos indígenas y afromexicanos). Estas reformas suelen incluir: principios de igualdad, derechos humanos, perspectiva de género en la justicia, acceso a la justicia, entre otras; y son cruciales para avanzar hacia sociedades más justas e igualitarias, y su implementación efectiva depende del compromiso de los gobiernos y del sistema judicial.
RECOMENDACIÓN SEMANAL: Película “La sustancia” (The substance), si bien es cierto el final deja mucho que desear, el mensaje de la película durante el inicio y desarrollo de la película es poderoso. No apta para ansiosos.
Por Arnoldo Huerta Rincón
Twitter: @arnhuerta