4 diciembre, 2025

4 diciembre, 2025

Estos son los nuevos lineamientos para la expedición de visas en México

Se modernizan los lineamientos para la expedición de visas en México

MÉXICO.- Se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los nuevos lineamientos  para expedir visas en México, los cuales contemplan trámites más digitales, revisión más estricta de los documentos y mayor coordinación entre autoridades como la SRE, el INM y la Segob.

¿A quiénes aplica?

A toda persona extranjera que tramite una visa para México, ya sea:

  • Visitante (con o sin permiso para trabajar)
  • Residencia temporal (incluye estudiante)
  • Residencia permanente

¿Qué cambia con estos nuevos lineamientos?

  • Digitalización de trámites: se integran expedientes electrónicos, se eliminan documentos impresos como fotografías y se recaban datos biométricos (huellas, iris, firma digital)
  • Mayor seguridad: los documentos públicos extranjeros deberán presentarse apostillados o legalizados y traducidos al español si están en otro idioma
  • Más control: se refuerza la verificación de antecedentes y autenticidad de documentos para evitar fraudes
  • Nueva visa electrónica: será emitida por la SRE para visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas que ingresen por vía aérea. Se podrá tramitar, pagar y descargar en línea, con código QR
  • Mayor coordinación entre la Segob, INM y SRE

¿Dónde se pueden hacer los trámites?

  • En embajadas y consulados de México en el extranjero
  • En oficinas del Instituto Nacional de Migración (INM) dentro del país

¿Qué documentos básicos se requieren?

  • Pasaporte vigente
  • Identificación oficial
  • Pago de derechos
  • Prueba del motivo del viaje (invitación, contrato, solvencia económica, etc.)
  • Si los documentos son extranjeros, deben estar apostillados o legalizados y traducidos al español.

¿Qué tipos de visa contempla el nuevo esquema?

De acuerdo con los artículos 40 y 41 de la Ley de Migración y los lineamientos del DOF, se podrán tramitar:

En consulados:

  • Visa de visitante sin permiso para actividades remuneradas
  • Visa para trámites de adopción
  • Visa electrónica (solo vía aérea)
  • Visa de residencia temporal, temporal estudiante y permanente

Con autorización del INM:

  • Visa de visitante sin permiso para trabajar (en casos humanitarios)
  • Visa de visitante con permiso para trabajar (por oferta de empleo)
  • Visa de residencia temporal (por empleo o unidad familiar)
  • Visa de residencia permanente (por puntos, reunificación o refugio)

¿Por qué se hicieron estos lineamientos generales en visas?

El objetivo es homologar los criterios migratorios, mejorar la seguridad en el ingreso de personas extranjeras y avanzar hacia un gobierno digital que reduzca trámites presenciales y físicos.

CON INFORMACIÓN DE UNO TV. COM

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