MÉXICO.- Se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los nuevos lineamientos para expedir visas en México, los cuales contemplan trámites más digitales, revisión más estricta de los documentos y mayor coordinación entre autoridades como la SRE, el INM y la Segob.
¿A quiénes aplica?
A toda persona extranjera que tramite una visa para México, ya sea:
- Visitante (con o sin permiso para trabajar)
- Residencia temporal (incluye estudiante)
- Residencia permanente
¿Qué cambia con estos nuevos lineamientos?
- Digitalización de trámites: se integran expedientes electrónicos, se eliminan documentos impresos como fotografías y se recaban datos biométricos (huellas, iris, firma digital)
- Mayor seguridad: los documentos públicos extranjeros deberán presentarse apostillados o legalizados y traducidos al español si están en otro idioma
- Más control: se refuerza la verificación de antecedentes y autenticidad de documentos para evitar fraudes
- Nueva visa electrónica: será emitida por la SRE para visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas que ingresen por vía aérea. Se podrá tramitar, pagar y descargar en línea, con código QR
- Mayor coordinación entre la Segob, INM y SRE
¿Dónde se pueden hacer los trámites?
- En embajadas y consulados de México en el extranjero
- En oficinas del Instituto Nacional de Migración (INM) dentro del país
¿Qué documentos básicos se requieren?
- Pasaporte vigente
- Identificación oficial
- Pago de derechos
- Prueba del motivo del viaje (invitación, contrato, solvencia económica, etc.)
- Si los documentos son extranjeros, deben estar apostillados o legalizados y traducidos al español.
¿Qué tipos de visa contempla el nuevo esquema?
De acuerdo con los artículos 40 y 41 de la Ley de Migración y los lineamientos del DOF, se podrán tramitar:
En consulados:
- Visa de visitante sin permiso para actividades remuneradas
- Visa para trámites de adopción
- Visa electrónica (solo vía aérea)
- Visa de residencia temporal, temporal estudiante y permanente
Con autorización del INM:
- Visa de visitante sin permiso para trabajar (en casos humanitarios)
- Visa de visitante con permiso para trabajar (por oferta de empleo)
- Visa de residencia temporal (por empleo o unidad familiar)
- Visa de residencia permanente (por puntos, reunificación o refugio)
¿Por qué se hicieron estos lineamientos generales en visas?
El objetivo es homologar los criterios migratorios, mejorar la seguridad en el ingreso de personas extranjeras y avanzar hacia un gobierno digital que reduzca trámites presenciales y físicos.
CON INFORMACIÓN DE UNO TV. COM




