13 diciembre, 2025

13 diciembre, 2025

Se abrieron 7 mil carpetas de investigación por delitos en Aduanas en los últimos 12 meses

El director de la Agencia Nacional de Aduanas de México, Rafael Marín Mollinedo, habló de indagatorias contra empresarios

En el primer año de esta administración federal, se han integrado alrededor de 7 mil carpetas por presuntos delitos cometidos en las Aduanas del país, reveló el director de la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM), Rafael Marín Mollinedo.

En entrevista con los medios de comunicación, durante una visita a Palacio Nacional, el funcionario habló de indagatorias contra empresarios, por ejemplo.

“Sí, ahí hay carpetas de investigación contra empresarios, transportistas, agentes aduanales, militares, civiles. Más de 7 mil carpetas integradas, de diferentes delitos, pues de entre aduanas, gasolineros y todo eso. Todo el sector petrolero”.

Marín Mollinedo aseguró que siguen trabajando para combatir estas prácticas.

“Se siguen deteniendo ferrocarriles, principalmente, aunque ya ha disminuido mucho, mucho, mucho. Es muy poco lo que hay, y detectamos algo y lo detenemos. Estamos pendientes en las aduanas”, dijo.

En días pasados, el Pleno del Senado de la República avaló con modificaciones la minuta con proyecto de decreto para reformar la Ley Aduanera, cuyo fin es mejorar el ordenamiento, fortalecerlo y modernizarlo, para que quienes participen en el comercio exterior realicen sus actividades de manera eficiente, sin aumentar ni crear nuevas contribuciones u otras cargas fiscales para la ciudadanía.

Senado avala con modificaciones la minuta con proyecto de decreto para reformar la Ley Aduanera
La asamblea aprobó la reforma en lo general, con 78 votos a favor, 37 en contra y una abstención; en lo particular, los senadores aprobaron una modificación propuesta por el senador Homero Davis Castro, de Morena, con la que se especifica en el artículo Transitorio Primero que el decreto entre en vigor a partir del 1 de enero de 2026, salvo la modificación del artículo 86 A fracción Primera Segundo Párrafo, que entra en vigor al mes siguiente del inicio de la vigencia del decreto.

Además, los artículos 86 A fracción Tercera, 106 fracciones Quinta y Sexta, 107 y 145 entrarán en vigor a los tres meses después del inicio de la vigencia del presente decreto; todo lo anterior, para dar tiempo a la elaboración de la reglamentación que acompañará la aplicación de la reforma

CON INFORMACIÓN DE EL HERALDO DE MÉXICO

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