MÉXICO, D.F.- El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó los lineamientos a seguir entre las empresas una vez que se elimine el cobro de la larga distancia nacional para los usuarios, por lo que los operadores deberán avisar a sus clientes si existe alguna modificación en los términos originales de su contrato.
«Los concesionarios, autorizados o permisionarios que modifiquen las condiciones originalmente contratadas con motivo de la eliminación de los cobros por llamadas de larga distancia nacional, deberán informar a sus usuarios de dichos cambios», expresó el instituto en un comunicado este jueves.
La reforma a la legislación en telecomunicaciones, aprobada a mediados de este año, obligó a que las compañías pusieran fin a este cobro a partir del 1 de enero del 2015.
Pero el regulador acotó que por ahora se mantendrán los prefijos de larga distancia como 045, 01 o 02, con el fin de dar continuidad al esquema actual de marcación, aunque la tarifa que se cobrará pasará de llamada de larga distancia a llamada local.
«Como consecuencia de lo anterior, todas las llamadas que se originen dentro del territorio nacional deberán considerarse como llamadas del servicio local», subrayó el IFT.
Los lineamientos agregan que ya no existirá la opción de tener el servicio de larga distancia por presuscripción -cuando se tiene un operador de larga distancia distinto al local-, pero quienes lo hayan contratado antes de iniciar el siguiente año, aún se mantendrán en esta modalidad.