CIUDAD VICTORIA, Tamaulipas.- El Sistema Nacional Anticorrupción ha sido dotado de facultades para revisar a cualquier entidad de los tres niveles de gobierno, organismos y sujetos privados que manejen o hayan recibido dinero público como subsidio o pago y, podrá imponer contra ellos sanciones pecunarias e incluso solicitar la acción penal.
La nueva ley otorga facultades a la Auditoría Superior de la Federación para actuar por oficio, y crea la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción y el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, organismos que deberán ser replicados en cada una de las entidades del país.
Estos organismos podrán revisar cualquier cuenta pública, licitación o adquisición directa, contrato de servicios, arrendamiento, incluso cualquier subsidio o transferencia de recursos, en la Federación, Estado, municipios, organismos públicos autónomos o particulares que manejen fondos públicos o los haya recibido como pago.
«Deberán fiscalizar las acciones de estados y municipios en materia de fondos, recursos locales y deuda pública. Los informes de auditoría de las entidades estatales de fiscalización tendrán carácter público», señala el ordenamiento que deberá entrar en vigor en la primera quincena de abril.
Asimismo, la ASF podrá revisar las cuentas ya aprobadas de ejercicios anteriores de entidades de los tres ámbitos de gobierno, pero exclusivamente cuando se trate de pagos, programas o proyectos que abarquen diversos ejercicios fiscales.
De la misma forma, podrá revisar la contratación y manejo de los emprésitos o financiamientos que hayan dejado como garantía el uso de recursos federales, como las participaciones y podrá dar seguimiento al uso que tuvieron estos recursos.
«Derivado de sus investigaciones (Podrá la ASF) promover las responsabilidades que sean procedentes ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa y la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, para la imposición de las sanciones que correspondan a los servidores públicos federales (…) de los estados, municipios, del Distrito Federal y sus demarcaciones territoriales, y a los particulares», señala.
La iniciativa también reforma varios artículos de la Constitución Política de los Estados Mexicanos, en materia del combate a la corrupción y en ellos se obliga a la Auditoría Superior de la Federación a responsabilizarse por la revisión de recursos federales, las cuentas públicas de los todos los organismos y sujetos obligados en los tres ámbitos de gobierno.
«Fiscalizará directamente los recursos federales que administren o ejerzan los estados, los municipios», lo cual podrá hacer de manera directa, afirma la modificación al inciso I del artículo 79 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos.
La ASF tiene ahora facultades para fiscalizar los recursos federales que se destinen y se ejerzan por cualquier entidad, persona física o moral, pública o privada.
«Y los transferidos a fideicomisos, fondos y mandatos, públicos y privados, o cualquier otra figura jurídica, de conformidad con los procedimientos establecidos en las leyes y sin perjuicio de la competencia de otras autoridades y de los derechos de los usuarios del sistema financiero.
De acuerdo con la nueva ley ya no podrá haber dilaciones en cuenta pública del año anterior, la cual deberán enviar municipios, Comapas y cualquier otro sujeto obligado a más tardar el 30 de abril de cada año a Legislativo estatal y los reportes de auditoría deberán ser publicados en la Internet.
«Sólo se podrá ampliar el plazo de presentación cuando medie solicitud del Gobernador, suficientemente justificada a juicio de la Legislatura», dice el nuevo ordenamiento.
NUEVO TRIBUNAL
El Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa se transforma en el nuevo Tribunal Federal de Justicia Administrativa que tiene ya competencia actual en las materias fiscal y administrativa pero será adicionada en materia de imposición de sanciones por responsabilidades administrativas graves a los servidores federales, estatales y municipales y de los particulares involucrados en faltas administrativas públicas graves.
«A las responsabilidades administrativas graves y a los particulares que participen en hechos vinculados con dichas responsabilidades, así como fincar a los responsables el pago de las indemnizaciones y sanciones pecuniarias», señala la ley.
Al aprobar en lo general la iniciativa de la Ley Anticorrupción, la cual contiene también reformas a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Funcionarios Públicos, la Fiscalía Anticorrupción fue dotada de atribuciones para investigar cualquier denuncia respecto a corrupción, desvío de fondos, faltas en los procedimientos de adquisiciones o conflictos de intereses, en entidades federativas, municipios, organismos públicos descentralizados o instituciones que manejen recursos públicos.
«No sólo sobre el manejo de las finanzas municipales y del uso de los recursos federales, sino de su actuación administrativa, jurídica e incluso personal», dice el dictamen que aprobado.




