CIUDAD VICTORIA, Tamaulipas.- El Congreso de la Unión analiza una iniciativa que permitiría el capital privado en la operación de obras y organismos de agua potables, al mismo tiempo que obliga a estas empresas a garantizar un suministro mínimo diario de 50 litros por habitante en su zona y prescribe penas para quienes hagan mal uso de acuíferos o los contaminen.
«El recurso hídrico es tratado como un asunto de seguridad nacional, con la rectoría del Estado y mediante el establecimiento de bases, apoyos y modalidades apegado al orden constitucional», dice la iniciativa para una nueva Ley General de Aguas.
En la nueva ley se prevé que sea un ente público o uno privado el que tenga a su cargo los servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales.
Las empresas privadas pueden ser concesiondas para la prestación de los servicios públicos, tales como extracción, captación, conducción, potabilización, distribución, suministro, tratamiento, recolección, disposición, desalojo, medición, determinación, facturación y cobro de tarifas.
«En el financiamiento del sector de los recursos hídricos participarán la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como los sectores privado y social», dice el artículo 232 de la nueva Ley de Aguas que se analiza.
La nueva ley protege e incrementa las facultades de los consejos de cuenca y promueve la creación de organismos ciudadanos que vigilen el buen uso de agua, la buena administración en los organismos, la planeación y el servicio.
Además el Estado mexicano queda obligado a trasvasar agua de una cuenca o acuífero a otro, con o sin la participación del sector privado, para satisfacer la demanda de agua, con lo que se da factibilidad a proyectos como Monterrey VI o el envío de agua del río Soto La Marina hasta Reynosa.
«La regulación del trasvase, definido como la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales trasladadas de una cuenca para ser utilizadas en una cuenca distinta con la que no haya conexión natural, lo cual implica que la autorización a la que se sujeta tal actividad tiene por objeto permitir el traslado de las aguas nacionales y no, la construcción de la obra, la cual requiere un trámite diverso», dice la exposición de motivos del proyecto de ley.
El uso doméstico se constituye en esta nueva Ley de Aguas Nacionales en una excepción al trámite de concesión y solamente pueden ser de capital privado las obras para realizar los trasvases.
La propuesta pide crea las bases y principios para establecer tarifas que permitan la sustentabilidad financiera, garantizar un mínimo de disponibilidad de agua y asegurar un estándar mínimo de calidad en la prestación de los servicios públicos.
Las figuras de restricción como vedas, reservas de aguas, pueden en esta ley oponerse al de causa de utilidad pública, lo que significa que una cuenca donde existe veda no puede ser objeto de afectación.




