TAMPICO, Tamaulipas.- El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el artículo del Código Penal de Tamaulipas que castigaba el delito de utilizar “clavos, varillas o cualquier material”, que pudieran ser utilizados para dañar o impedir el paso de vehículos militares, policíacos o particulares.
Por unanimidad, los ministros declararon la norma inconstitucional que penalizaba el uso de los objetos conocidos como “ponchallantas”, que utiliza la delincuencia para tratar de impedir la actuación de las autoridades en operativos anticrimen.
Al contrario, la Corte mantuvo la vigencia del delito de “atentado contra la seguridad de la comunidad”, contenido en el Capítulo V, del Título Tercero, del Libro Segundo, y los artículos 171 Quáter y 188 Bis del Código Penal para el Estado de Tamaulipas.
En éste hay dos tipos de acciones que se consideran ilícitos: los que tienen que ver con el uso de equipos de comunicación de manera ilícita; quien intervenga, escuche o transmita ilegalmente datos y voz a través de canales oficiales o comunicaciones privadas; quien posea o lleve consigo identificaciones falsas; quien tenga en su poder prendas de vestir, insignias, distintivos, equipos o condecoraciones correspondientes a instituciones militares o policíacas o con la apariencia de éstas, sin estar facultado para ello; quien “clone” vehículos militares o policíacos, entre otros.