Ciudad de México.-Un tribunal federal de Reynosa insistió en que no hay imposibilidad jurídica para crear una Comisión de la Verdad y la Justicia que investigue de nuevo la desaparición de 43 normalistas en Iguala, Guerrero, en 2014.
El Primer Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito revocó el fallo de un tribunal unitario, que en julio pasado declaró imposible crear la Comisión porque se violan las facultades constitucionales del Ministerio Público (MP).
El propio Tribunal Colegiado fue el que desde junio ordenó la Comisión, al conceder cuatro amparos a integrantes de Guerreros Unidos que confesaron el secuestro y quema de los normalistas.
La Procuraduría General de la República y el Poder Ejecutivo en general, han rechazado tajantemente la Comisión, que según el diseño del Tribunal Colegiado, estaría encabezada por representantes de las víctimas y la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), con el MP como mero auxiliar.
“No se ve de qué modo esa situación pueda afectar a la institución ministerial, como lo sugiere el Tercer Tribunal Unitario del Decimonoveno Circuito, ya que se trata de medidas encaminadas a arribar a la verdad y, la intención de la PGR, es precisamente el esclarecimiento de los hechos, así como la persecución de los responsables”, afirmó el Tribunal Colegiado.
También aclaró que no hay por ahora incumplimiento inexcusable de los amparos, por lo que no remitió el expediente a la Suprema Corte de Justicia, única que podría imponer sanciones por dicho incumplimiento.
El pasado 3 de agosto, el Presidente de la Corte, Luis María Aguilar, advirtió que será el máximo tribunal el que determine si es excusable o no el eventual incumplimiento de estos amparos.
Por ahora, el Tercer Tribunal Unitario en Reynosa, tendrá que volver a requerir a las autoridades que cumplan las sentencias e inicie funciones la Comisión.
Sólo si se mantiene el desacato de las autoridades, el caso tendrá que llegar a la Corte mediante incidente de inejecución de sentencia.
El Tribunal Colegiado afirmó que la creación de la Comisión, es legítima y posible, bajo lo previsto en tratados internacionales de derechos humanos.
“Existe sustento constitucional, convencional y legal para su creación”, sostuvieron los tres magistrados “No se puede invocar el derecho interno para no cumplir compromisos internacionales, conforme a la propia jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y a la Convención de Viena; se debe privilegiar la solución de los conflictos, sobre los formalismos procedimentales”, agregó.