El pasado 11 de diciembre, el magistrado Reyes Rodríguez anunció su decisión de renunciar al cargo de presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación para el 31 de diciembre de este año. No se trata de un asunto trivial, toda vez que el Tribunal es la máxima autoridad en materia electoral y es el garante de los derechos político-electorales de los ciudadanos.
Una semana antes, tres magistrados de la Sala Superior habían solicitado la renuncia del presidente: Mónica Soto, Felipe Fuentes y Felipe de la Mata. Unas semanas antes, desde el 31 de octubre pasado, tras la conclusión del mandato de los magistrados José Luis Vargas e Indalfer Infante, el Tribunal se había quedado con sólo cinco de sus siete integrantes. Dos años antes, el gobierno intentó ampliar el mandato del presidente de la Suprema Corte.
¿Existe fundamento legal para remover o solicitar la renuncia del presidente del Tribunal? No. Para entenderlo, vale la pena recordar lo que dice la ley. Según la constitución, los magistrados integrantes de la Sala Superior del Tribunal son designados por mayoría calificada del pleno del Senado. Previamente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación envía ternas de candidatos a magistrados electorales.
¿Cómo se elige al presidente? Según el artículo 99 constitucional, el “presidente del Tribunal será elegido por la Sala Superior, de entre sus miembros, para ejercer el cargo por cuatro años”. En caso de renuncia del presidente del Tribunal, el artículo 171 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación establece que la misma Sala Superior elegirá a un nuevo presidente para que concluya el periodo original del saliente.
Esto quiere decir que no existe un fundamento legal explícito para remover a un presidente: no basta una simple votación. Sin embargo, para bien o para mal, es posible que exista un argumento político. Como escribí en este mismo espacio hace dos años (5/agosto/2021): “Ningún presidente o presidenta de un tribunal constitucional puede sostenerse en su cargo si no cuenta con el apoyo mayoritario de sus pares, es decir, de quienes lo eligieron, y cuyos votos tienen el mismo peso en cualquier sentencia o resolución”.
Dicho lo anterior, si la justificación no es legal, sino política, el hecho de que la Sala Superior no cuenta con sus siete integrantes pudo haber jugado un papel en este lamentable episodio. ¿Por qué los tres magistrados agraviados no solicitaron la renuncia del presidente cuando el pleno estaba completo? Por otro lado, si el Senado hubiera cumplido con su obligación constitucional de designar las dos magistraturas vacantes, ¿hubieran apoyado al presidente? Nunca podremos saberlo.
Es lamentable que la sociedad nunca conozca las razones de fondo para solicitar la renuncia del presidente. Una solicitud de tal gravedad debe contar con fundamentos legales sólidos y evidencias claras. Las posturas de todos los integrantes de la Sala Superior, no sólo tres ni cuatro, debieron ser conocidas de manera transparente y abierta por la sociedad.
También debe reconocerse que cualquier cambio injustificado en la presidencia del Tribunal genera riesgos innecesarios en un complejo proceso electoral que ya está en marcha. Cambios abruptos e injustificados afectan la confianza en el árbitro electoral de última instancia y en la democracia misma.
La independencia del Poder Judicial —ya sea en el caso de la Suprema Corte o del Tribunal Electoral— requiere de mecanismos adecuados para la designación de sus integrantes y, además, que se garantice la inamovilidad en el cargo ante cualquier presión externa. Es por ello que las renuncias anticipadas a lo largo de este sexenio han debilitado al Poder Judicial.
El que un ministro de la Corte renuncie para abrazar a la candidata presidencial del partido en el poder es tan grave y preocupante como el hecho de que el Tribunal Electoral tenga cinco presidentes distintos a lo largo de un mismo sexenio. La vulnerabilidad o inestabilidad al interior de los máximos tribunales constitucionales del país es una señal preocupante para nuestra democracia.
POR JAVIER APARICIO




