CIUDAD DE MÉXICO.- Debido a que actualmente la comunidad estudiantil de México se encuentra gozando del periodo vacacional correspondiente al verano durante los últimos días la población trabajadora se ha cuestionado cuándo será el próximo día feriado que les permitirá descansar, por ello, en esta nota te diremos qué es lo que dice la Ley Federal del Trabajo al respecto.
Para empezar a abordar el tema es importante señalar que los días de descanso obligatorios están estipulados en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo y para este 2024 se tienen previstos un total de nueve días feriados, de los cuales ya se otorgaron seis y para que ocurra el siguiente la población trabajadora deberá esperar alrededor de mes y medio.
¿En qué fecha será el próximo día de descanso obligatorio para trabajadores en México?
De acuerdo con el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo el próximo día feriado para trabajadores en México será el próximo lunes 16 de septiembre, el cual, se otorga en conmemoración de la Independencia de México.
En adición al 16 de septiembre, los días de descanso obligatorio que le quedan al 2024 son los siguientes:
•El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
•El 1 de octubre, debido a que en este año se realizará la transmisión del Poder Ejecutivo Federal
•El 25 de diciembre (Navidad)
¿Cuánto dinero deben cobrar las personas que trabajen en un día feriado?
El artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo establece que en caso de que el empleador requiera que su personal trabaje en un día feriado deberá llegarse a un acuerdo entre ambas partes con antelación para determinar las condiciones en las que los y las trabajadoras deberán prestar sus servicios durante el día de descanso obligatorio.
Asimismo, en el referido artículo de la Ley Federal del Trabajo se establece que quienes deban presentarse a laboral en un día feriado tienen derecho a recibir, de manera independiente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado, es decir, al final de la jornada cobrarán un salario triple.
En caso de que el día de descanso obligatorio sea domingo, la persona empleadora también está obligada a cubrirle a la persona trabajadora el pago de prima dominical, la cual, debe ser por lo menos del 25 por ciento del salario diario.
Por otra parte, también se recuerda que las personas trabajadoras con más de un año de servicios tienen derecho a disfrutar de un periodo anual de vacaciones pagadas, el cual, en ningún caso podrá ser inferior a doce días laborables.
Con información de HERALDO DE MÉXICO