Hace 24 meses, aprovechando el último tramo de su fuero constitucional, el ex gobernador de Tamaulipas, FRANCISCO GARCÍA CABEZA DE VACA, se fugó del país para esconderse en algún condado de Texas, aprovechando su calidad de ciudadano norteamericano, ante las órdenes de aprehensión por diversos delitos giradas en su contra.
Ante el fracaso de imponer a CÉSAR VERÁSTEGUI OSTOS, como titular del Poder Ejecutivo de Tamaulipas, CABEZA DE VACA puso pies en polvorosa, para escapar de la acción de la justicia.
Prófugo de la justicia, CABEZA DE VACA rompió el protocolo al no asistir a la toma de protesta del gobernador, AMÉRICO VILLARREAL ANAYA, quien hizo trizas su intento de mantener al PAN en el gobierno.
Mentira que no porque no fue “convocado”, como afirmó a través de su cuenta de “X”, mucho menos vacacionó en su majestuoso rancho que tiene en Soto la Marina, como dijo machacando en su patraña.
Simple y sencillamente, CABEZA DE VACA huyó del país antes de concluir su mandato, porque el 30 de septiembre de 2022, fue el último día que tuvo la protección de la inmunidad procesal inherente al cargo.
Inmunidad procesal que buscó desesperadamente este año, transando con el dirigente nacional del PAN, MARKO CORTÉS MENDOZA, para ocupar el primer lugar en la lista de diputaciones de representación proporcional, en la segunda circunscripción nacional.
Logró que el INE registrara su candidatura (19/02/2024), pero la impugnación de MORENA generó que, en dos ocasiones, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (SUP-RAP-102/2024 y el SUP-JDC-661/2024), ordenara cancelar su registro por estar prófugo de la justicia, conforme a lo dispuesto por la fracción V del artículo 38 constitucional.
Viene a cuento lo anterior, porque este martes 24 de septiembre, el Congreso del Estado debatirá una reforma que revisa a la inmunidad procesal.
Me refiero a la iniciativa presentada por ÚRSULA SALAZAR MOJICA, JUAN ROMÁN MARTÍNEZ, HUMBERTO PRIETO HERRERA y CONSUELO LARA MONROY, el pasado 17 de septiembre ante la Diputación Permanente.
Dicha iniciativa propone modificar los artículos 7, 8, 9, 10, 73 y 77, así como adicionar el 9 Bis, de la ley interna del Congreso local, estableciendo siete objetivos centrales, que son los siguientes:
A) Establecer la previsión de que no se requerirá el procedimiento de declaración de procedencia para detener o ejercer la acción penal contra una diputada o un diputado que haya cometido un delito previo a rendir su protesta constitucional.
B) Especificar que, para ejecutar resoluciones judiciales o administrativas sobre las personas o bienes, de las diputadas o los diputados en las instalaciones del Congreso, se necesitará la autorización del Presidente de la Mesa Directiva o de la Diputación Permanente.
C) Flexibilizar el horario en que deberán rendir protesta las diputadas y los diputados electos, ante la Diputación Permanente.
D) Instaurar el trámite de verificación de identidad para las diputadas y los diputados electos, previo a que rindan protesta de ley.
E) Incorporar las disposiciones previstas en el artículo 38 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, como causas para suspender la condición de diputada o diputado al Congreso del Estado.
F) Establecer que la Presidencia de la Mesa Directiva, instruirá las medidas que deban tomarse para el acceso al salón de Sesiones, a través de la Secretaría General.
Queda claro que la iniciativa de la bancada de MORENA, tiene como finalidad evitar que la inmunidad procesal (fuero), se convierta en un obstáculo para la acción de la justicia, cuando diputados y diputadas electas, como ISMAEL GARCÍA CABEZA DE VACA, VICENTE VERÁSTEGUI OSTOS y compañía, cometan un delito previo a su toma de protesta.
Nunca más la inmunidad procesal debe ser fuente de impunidad, ni el Recinto Legislativo convertirse en refugio de quienes huyen de la justicia.
Ya veremos de qué lado masca la iguana del PAN este martes y si la bancada del PRI le sostiene su apoyo, ante una reforma políticamente correcta.
POR JUAN CARLOS LÓPEZ ACEVES