La construcción del Estado Moderno tiene una premisa fundacional: control al poder político, para poderlo llevarlo a cabo, se pone en práctica la democracia representativa, la división de poderes y el estricto acatamiento a una Constitución. En México esa división de poderes se ha fortalecido en los últimos 30 años la SCJN, después de la reforma al Poder Judicial (1994).
El poder judicial ha contravenido al Poder Ejecutivo y al Legislativo en todas las administraciones posteriores a esa reforma, porque eso es lo que se espera en un estado constitucional, los poderes tienen contrapesos y las decisiones de uno pueden ser cuestionados por otro. Ese es el mecanismo de control al poder absoluto. Hay dos elementos en la agenda pública, ambos con fecha del 03 de octubre que nos muestran una posible colisión de poderes o crisis constitucional.
Uno: La respuesta que le dio la Presidenta del Consejo de la Judicatura Federal al Presidente del Senado con respecto a las funciones que le mandata la Reforma al Poder Judicial y donde menciona que por los recursos legales emprendidos están parados los trabajos, con esto paran la implementación de la Reforma.
Dos: El mismo día el pleno de la Corte discutió la aprobación para que los ministros estudiaran la posibilidad de revisar la constitucionalidad de la Reforma Judicial.
El gobierno y su partido con la mayoría calificada del congreso se consideran absolutos y que con los resultados electorales del pasado dos de junio tienen la capacidad de hacer las modificaciones a la Constitución como les plazca, sin cuestionamientos, por eso señalan a los 8 ministros de la SCJN que han votado a favor de la revisión de la constitucionalidad, pero esta es una facultad que deben llevar a cabo, esa es la función del Poder Judicial.
No hay aún una sentencia de esa revisión y el Poder Ejecutivo ya se ha manifestado diciendo que es una provocación o ministras de la corte afines al partido en el poder mencionan que “hay golpe de Estado” y miembros del Poder Legislativo mencionan “juicio político a esos ministros golpistas”.
La Constitución vigente con todas sus modificaciones proviene de una Revolución, no hay fuerza política, por más votos que obtenga, con mayor fuerza que el constituyente de 1917, por lo tanto debemos tener inamovibles en la Constitución. O acaso ¿el poder legislativo puede reformar la Constitución como quiera? ¿Pudieran quitarle lo gratuita a la educación pública? ¿No hay límites al poder legislativo?
Así como se ve la división de poderes en un estado moderno, hay control al poder. Ojalá todos los actores tuvieran un mayor espíritu republicano y mayor prudencia de sus expresiones públicas, lo que la SCJN está realizando solo es una consulta.
¿Será que en su imaginario la construcción del nuevo Poder Judicial no revisa a los otros poderes?