El Senado de la República aprobó por unanimidad una reforma a la Constitución a partir de la cual se va a crear la Ley General en materia de feminicidio. La modificación establece que todas las muertes de mujeres deberán investigarse con perspectiva de género y plantea lineamientos para la prevención, esclarecimiento, sanción y reparación del daño, lo que implica un reto para las fiscalías estatales,
que en general enfrentan deficiencias en la atención de estos casos.
La propuesta incorpora nueve razones de género que obligan a investigar bajo ese enfoque: signos de violencia sexual, lesiones degradantes, antecedentes de violencia, la presencia de prejuicios, relaciones de poder entre víctima y agresor, condiciones de indefensión, así como la exposición del cuerpo. Establece penas de 40 a 70 años de prisión y añade 21 agravantes. También fija que la tentativa de feminicidio será sancionada con la mitad de la pena prevista para el delito consumado.
La iniciativa se presenta como una reforma integral, no sólo tipifica y agrava el delito; también incorpora por primera vez la reparación del daño y reconoce los costos sociales del feminicidio, como la orfandad. Sin embargo, no contempla una asignación clara de recursos para su implementación.
El problema es evidente: sin presupuesto y con fiscalías donde persisten prácticas machistas, la aplicación pudiera ser limitada. La ley puede ser completa en el papel, pero su verdadero alcance dependerá de cómo se lleve a la práctica y por supuesto, de la voluntad política para que se logre el objetivo de esta ley, que es lograr impunidad cero en este delito.
El tema de las fiscalías, es que omiten juzgar con perspectiva de género; ante las muertes de mujeres, suelen decir “se suicidó”, porque estas autoridades encargadas de investigar, no quieren aparecer en las listas nacionales, con mayor número de feminicidios, por un tema político, pero es al contrario, porque sancionar a los feminicidas, meterlos a la cárcel, es hablar del combate a la impunidad en este delito que tiene sus raíces, en una estructura de desigualdad y una falsa creencia de poder masculino sobre la vida de las mujeres.
El feminicidio se puede prevenir cuando las denuncias se atienden a tiempo y las autoridades investigan con eficacia. Cuando la procuración y la aplicación de la justicia se dilatan, la violencia escala y el riesgo se convierte en feminicidio; ejemplos se tienen muchos; las mujeres que fueron víctimas de este delito, generalmente por su pareja, o por una persona de su círculo familiar cercano, tuvieron un antecedente de denuncia o marcaron alguna vez al 911 para pedir ayuda.
Los feminicidios no se detienen únicamente con leyes, sino con instituciones que funcionen, personal capacitado con perspectiva de género y fiscalías con formación adecuada en procuración de justicia. Aunque la reforma establece un marco amplio para su atención, los avances dependerán de la aplicación efectiva por parte de las autoridades responsables.
La reforma, dejó fuera la Alerta de Violencia de Género contra las mujeres, que fue diseñada para enfrentar y erradicar la violencia feminicida en territorios específicos de México, donde las cifras de este delito encendían los focos rojos y que aplicaban una serie de acciones de seguridad, las cuales eran clave para las zonas de mayor riesgo para las mujeres.
En México, en el 2025, las cifras oficiales señalan que se registraron 721 casos de feminicidios que fueron juzgados como tales y en Tamaulipas, se reportaron en este mismo año 30 casos, de acuerdo a la fiscalía del estado.
Es una reforma de alcance nacional; sin embargo, su efectividad dependerá de su aplicación. Su cumplimiento deberá ser observado por autoridades y por colectivos feministas.
El gran reto es el auténtico y total acceso a la justicia de las mujeres.




