MATAMOROS, Tamaulipas.- Por dejar totalmente indefensos a los contribuyentes, con amenazas e intimidaciones sutiles de la autoridad fiscal de proceder en su contra, la Procuraduría Federal del Contribuyente, calificó de “malas prácticas” las acciones del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en materia de recaudación persuasiva, que le permitió a dicha autoridad recaudar 4 mil millones de pesos en el primer trimestre del presente año.
Al dar a conocer diez malas prácticas de persuasión que está utilizando el SAT, la Prodecon exhortó a los contribuyentes que sean objeto de esas amenazas e intimidaciones, acudir a esa Procuraduría para emprender acciones de defensa legal.
La Prodecon reconoce que, “es correcto que el SAT realice acciones persuasivas, pero para ello debe adoptar las mejores prácticas administrativas, a efecto de que el acercamiento con el contribuyente no constituya una amenaza o intimidación para éste, sino que, por el contrario, le informe sobre sus obligaciones y le facilite efectivamente su cumplimiento.
La Prodecon dio a conocer 10 malas prácticas de la autoridad fiscal, que dejan totalmente indefensos a los causantes.
1.- Citar en sus oficinas al contribuyente, incluso por teléfono, para que aclare “inconsistencias” respecto de uno o más ejercicios, usando como fundamento expresiones abstractas y genéricas, como que se detectaron “comportamientos atípicos”.
2.- Comunicar al contribuyente en esas citas, únicamente de manera verbal, las presuntas irregularidades.
3.- Presionar al contribuyente a firmar una declaración en la que se compromete a autocorregirse.
4.- Impedir el acceso a los asesores del contribuyente cuando es citado en las oficinas de las autoridades.
5.- Citar preceptos legales que contemplan procedimientos que no se llevan a cabo. Ejemplo: en las cartas invitación por depósitos en efectivo se cita el fundamento legal de la discrepancia fiscal, sin que la autoridad haya llevado a cabo dicho procedimiento.
6.- No exponerle al contribuyente en forma comprensible cómo puede aclarar su situación.
7.- Señalar a su arbitrio el plazo perentorio para atender la “invitación”.
8.- Solicitar copiosa información y documentación fuera de facultades de fiscalización.
9.- Adjuntar a dichas solicitudes formatos no oficiales diseñados por la propia autoridad, trasladando prácticamente al contribuyente la carga de auto auditarse.
10.- Notificar propuestas de pago a los contribuyentes sin precisarles las causas y el método por el que se determinaron.
Ante tales irregularidades, la Prodecon emitirá en breve un Análisis Sistémico para sugerir a las autoridades fiscales adoptar un protocolo que, recogiendo las mejores prácticas administrativas, norme los procedimientos de cobro persuasivo que está llevando a cabo; de igual forma convocará a una reunión periódica con autoridades fiscales y los grupos de contribuyentes organizados.
PRODECON busca la divulgación de estas prácticas para que los gobernados sepan que son indebidas y en caso de sufrir algunas de éstas, acudan a este Organismo para proteger sus derechos.




