CIUDAD VICTORIA, TAMAULIPAS.- La Cámara de Diputados aprobó ayer la Ley de Ingresos de la Federación 2021, que incluye nuevas medidas como un “big brother fiscal”, nuevas tasas para las plataformas digitales y medidas más restrictivas para las organizaciones con permiso a recibir donativos.
En el Código Fiscal, artículo 45, se establece que las personas auditadas por el SAT estarán obligadas a permitir en sus domicilios el acceso de visitadores y no podrán oponerse a la verificación de bienes y mercancías, documentos, estados de cuenta o discos duros.
La reforma autoriza a estos usar herramientas tecnológicas para recabar imágenes o material que constate los bienes y activos en el domicilio fiscal, es decir, videos y fotografías u generar otro tipo de archivos electrónicos.
En las negociaciones se prevé que se deberá contar con las medidas de seguridad y encriptación necesarias para evitar uso indebido de tales archivos.
En la Ley del ISR, el dictamen precisa que las donatarias autorizadas perderán su autorización en el caso de que obtengan la mayor parte de sus ingresos, más del 50 por ciento, de actividades no relacionadas con su objeto social.
Si no corrigen tal situación, las donatarias perderán autorización y sus bienes, que podrán pasar a otras organizaciones.
También se establece un mecanismo de control efectivo del destino de los donativos.
Se deroga la certificación del cumplimiento de obligaciones fiscales de transparencia y de evaluación de impacto social.
Además, la reforma obliga a las plataformas digitales de intermediación a realizar la retención del 100 por ciento del IVA cobrado cuando presten sus servicios de intermediación a residentes en el extranjero sin establecimiento en México, ya sean personas físicas o morales, que proporcionen servicios digitales a personas ubicadas en el País.
Se crea un mecanismo de control para que cuando los contribuyentes prestadores de servicios digitales residentes en el extranjero, sin establecimiento en México, incurran en omisiones fiscales graves, se pueda llevar a cabo el bloqueo de acceso a Internet de sus servicios.
Causa incertidumbre
Estas nuevas medidas han generado incertidumbre entre especialistas y los mismos contribuyentes.
Una contadora con años de experiencia en la ciudad, advirtió que la medida anunciada no haría distinciones entre contribuyentes grandes o pequeños.
Y que en los últimos años, el SAT ha ido adquiriendo mayores facultades para fiscalizar a la población.
“Pero ahora aparte tomarán videos, fotos de los bienes que si bien son de la empresa pueden ser mal usados aun cuando en la actualidad ya no hay seguridad de eso aunque dicen que los van a proteger, pensamos que está bien aprovechar la tecnología para trabajar pero creo que aquí se podría abusar y a hacer mal”, subrayó la contadora pública.
Lo que sí dejo claro es que esta medida no es para todos ni tampoco en las casas particulares se harán esas revisiones, “eso es falso es únicamente para las visitas domiciliarias para auditorías y en tu domicilio fiscal ahora en esos casos ellos tienen acceso a toda tu papelería a revisar incluso los escritorios ahora se dice que tomarán fotos y videos”, lo que reconoce de acuerdo a la opinión de sus clientes es una medida extrema que si bien no hay oposición de la revisión, lo que si se pone en riesgo es su privacidad porque es información que pasa por muchas manos en oficinas de Hacienda.
Las nuevas medidas:
1. Videos en visitas del SAT
El SAT podrá hacer uso de las herramientas tecnológicas en sus visitas domiciliarias a los contribuyentes; siempre y cuando esto sea fundado y se motive el empleo de éstas.
2. Bloqueo a plataformas digitales incumplidas
Los diputados aprobaron la aplicación de un bloqueo temporal a plataformas digitales que no cumplan con sus obligaciones en materia del Impuesto al Valor Agregado (IVA) e Impuesto Sobre la Renta (ISR).
3. Tasa única de ISR a plataformas tecnológicas
En 2021 habrá una tasa única de ISR para cada una de las actividades económicas que se realizan mediante plataformas tecnológicas o apps; que sustituyen los rangos fiscales establecidos actualmente. Las personas que obtengan ingresos a través de servicios de transporte terrestre de pasajeros y de entrega de bienes, como Uber, DiDi, Rappi y otras apps parecidas; tendrán una retención de 2.8% por concepto del ISR. La actual tasa varía 2% a 8%, dependiendo del monto de ingreso.
4. Cancelación de cuotas complementarias al IEPS a gasolinas
Los legisladores desecharon la aplicación de cuotas complementarias al Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) a gasolinas y diésel; las cuales habrían permitido que la Secretaría de Hacienda cobrara a los consumidores un monto especial, cuando el precio de tales combustibles tuviera caídas abruptas; tal como sucedió este año, cuando la pandemia llevó el costo hasta siete pesos por litro del energético.
5. Tope a ingresos de fundaciones
Fundaciones y donatarias autorizadas por la Secretaría de Hacienda no podrán obtener más de 50 por ciento de sus ingresos de negocios no relacionados con donativos. Si se les revoca autorización, deberán destinar su patrimonio a otras fundaciones autorizadas.
POR Salvador Valadez